Fechas de vencimiento de contribuciones
Impuestos, derechos y fechas de vencimiento
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales de bienes muebles
- Dentro de los sesenta días naturales.
Impuesto sobre negocios jurídicos e instrumentos notariales
- Dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de celebración del contrato jurídico o contrato, o en su defecto, a la fecha de expedición del protocolo, acta o póliza respectiva.
Impuesto sobre adquisición de vehículos automotores usados
- Dentro de los treinta días posteriores a la fecha en que ocurra cualquiera de los siguientes hechos:
- Endoso de la factura o documento que acredite legalmente la propiedad del vehículo.
- Aviso de cambio de propietario en la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas a través de la correspondiente oficina de recaudación fiscal.
Impuesto sobre remuneraciones al trabajo personal no subordinado
- A más tardar el día doce del mes siguiente al de la percepción del ingreso.
Impuesto sobre nóminas
- A más tardar el día doce del mes siguiente en que se causó.
Impuesto sobre hospedaje
- A más tardar el día 15 posterior a cada bimestre del año natural.
Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos, juegos con apuesta y concursos de toda clase
- A más tardar el día 15 del mes inmediato siguiente a aquél al que corresponda el pago.
Impuesto sobre enajenación y distribución de boletos de rifas y sorteos
- A más tardar dentro de los 15 días naturales inmediatos posteriores al día de la celebración del evento de que se trate.
Refrendo anual, tarjeta de circulación y holograma de automóviles, camiones, camionetas, tractores, automotores, remolques y otros vehículos
- En el periodo comprendido del 2 de enero al último día hábil del mes de marzo, debiendo cubrirse los derechos respectivos en ese mismo período.
Impuesto sobre enajenación de inmueble (retenido por Notario Público)
- A más tardar dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se firme la escritura o minuta.
Impuesto sobre sobre automóviles nuevos
- A más tardar el día 17 de acda uno de los meses del ejercicio.
Infracciones impuestas por la Secretaría de Movilidad
- Para descuento de un 50%, siempre y cuando se liquiden dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes a la fecha de la infracción, para descuento del 25%, siempre y cuando se liquiden dentro undécimo al vigésimo noveno día siguientes a la fecha de la infracción.
Infracciones (estacionómetros) impuestos por los H. Ayuntamientos que tienen convenio con el Gobierno del Estado de Jalisco
- Para descuento de un 50%, siempre y cuando se liquiden dentro de los primeros 5 días hábiles siguientes a la fecha de la infracción en las oficinas recaudadoras del H. Ayuntamiento que corresponda.
Impuesto | Vencimiento |
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ISN | 12 de cada mes |
ISH | 12 de cada 2 meses |
RTP | 12 de cada mes |
Refrendo | 31 de marzo (año en curso) |
ISAN | 17 de cada mes |